Estamos experimentando interrupciones de servicio y es posible que algunas partes de nuestro sitio web no estén funcionando correctamente en este momento. Gracias por su comprensión.

Registro local

¿Es necesario que los insumos estén registrados con COFEPRIS, así como en la lista OMRI, para que se permita su uso en la producción orgánica?

Por Cesar Cartagena

La comunidad orgánica sigue expandiendo su presencia global luego de la promulgación en el 2006 de la Ley de Productos Orgánicos de México (LPO). Las enmiendas a los Lineamientos para la Operación Orgánica publicados en el 2013 entraron en vigencia este año, y OMRI ha estado monitoreando de cerca estos cambios, particularmente en relación con el lanzamiento del programa de revisión de OMRI México este pasado julio. OMRI, que ahora acepta solicitudes de revisión de insumos para LPO, se esfuerza por brindar una revisión de insumos clara y confiable para los productores que buscan ingresar al mercado orgánico mexicano. Si bien todos los productos OMRI Listed® han sido evaluados bajo los estándares orgánicos relevantes, los proveedores de insumos deben familiarizarse con las regulaciones adicionales que pueden aplicarse a sus productos según el lugar donde se venden.

Para los insumos como pesticidas que están listados por OMRI para su uso bajo el Programa Orgánico Nacional (NOP) de EE. UU., a menudo se requiere un registro bajo la Agencia de Protección Ambiental (EPA), pero también pueden requerirse registros adicionales bajo las leyes estatales, provinciales, del condado o incluso de la ciudad. De igual forma, la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) es el organismo regulador mexicano responsable del registro de productos a nivel federal en México. COFEPRIS regula la producción, comercialización, importación, exportación y etiquetado de productos utilizados en seguridad alimentaria, agricultura, tratamientos médicos y protección ambiental.

El ser listado por OMRI no significa que el producto haya cumplido con todos los requisitos de registro aplicables establecidos por SENASICA y COFEPRIS. La lista de OMRI bajo LPO no reemplaza ningún registro de insumos requerido por el gobierno mexicano. Un certificado OMRI no es equivalente a un registro bajo COFEPRIS o cualquier otro organismo regulador mexicano.

Además, cabe recalcar que el proceso de revisión de OMRI es voluntario. El sello OMRI Listed proporciona beneficios para que los proveedores de insumos comercialicen sus productos con confianza en mercados nuevos y en crecimiento, como la comunidad orgánica mexicana. Los proveedores de insumos deben consultar con las agencias gubernamentales mexicanas correspondientes sobre cualquier requisito de registro o etiquetado de su producto. Es posible solicitar el listado OMRI y someterse a todos los procedimientos de registro requeridos al mismo tiempo. Sin embargo, si la decisión de algún organismo regulador mexicano culmina en algún cambio en la formulación o etiquetas de su producto en el mercado, esos cambios deben ser comunicados a OMRI.

Para los certificadores y productores orgánicos, el sello OMRI Listed proporciona un reconocimiento instantáneo de los productos en el mercado, lo que indica que OMRI ha determinado que esos productos están permitidos o permitidos con restricciones bajo los estándares orgánicos. Sin embargo, los certificadores son responsables de aprobar el uso de un producto, y las operaciones certificadas son responsables en última instancia de utilizar los productos listados por OMRI según lo previsto.

Este artículo se publicó originalmente en la edición de otoño de 2020 del boletín OMRI Materials Review.